APRECIADO BACHILLER

 

                A continuación, se transcriben algunos artículos de la Ley de Universidades y de los Reglamentos de evaluación de la Facultad de Medicina. (Ley de Universidades de Venezuela. 1970. Normas para la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje en las carreras de régimen semestral. CFM 19/92. 26/05/92/.)

 

“NO SON ALUMNOS REGULARES”

 

1.-  Quienes estén aplazados en más de una asignatura.

2.-  Quienes hayan sido aplazados en un número de asignaturas tal, que exceda del cincuenta por ciento de la carga docente para la que se había inscrito.

3.-  Quien se inscribe en un número de asignaturas que representa un porcentaje inferior al cincuenta por ciento de la máxima carga permitida para un período lectivo.

 

DE LOS EXAMENES

 

Artículo 154.  Para tener derecho a presentar el examen final de una asignatura el alumnado debe tener un promedio mínimo de diez (10) puntos en los correspondientes exámenes parciales.

 

Artículo 156. Los alumnos que resulten aplazados por primera vez en exámenes de reparación en no más de una asignatura pueden inscribirse condicionalmente en todas las asignaturas del curso inmediato superior y podrán presentar exámenes finales de una y otras en el período ordinario de exámenes.  Si la asignatura pendiente tiene prelación sobre alguna o algunas del curso superior no podrán rendirse exámenes de éstas sin haber aprobado previamente aquella.  El Consejo de cada Facultad determinará el orden de prelación de asignaturas.

 

Artículo 157.  No tendrán derecho a examen de reparación el alumno comprendido en los siguientes casos:

1.-  Si no ha obtenido el promedio mínimo exigido para presentarse a exámenes finales en más de la mitad de las asignaturas cursadas durante el período lectivo.

2.-  Si fuera aplazado en más de la mitad de los exámenes finales;

3.-  Si el número de las asignaturas en que hubiere perdido el derecho al examen final sumado al número de las asignaturas en que fuera aplazado, excediera la mitad total de las materias cursadas durante el período lectivo.

 

Artículo 158.  En los exámenes de reparación no se computarán los promedios parciales.

 

NORMAS DE EVALUACIÓN DE LA SECCION PRACTICA DE LABORATORIO

DE LA UNIDAD CURRICULAR BROMATOLOGÍA

 

1.-  La Asignatura Bromatología es de carácter teórico-práctica. La sección práctica de Laboratorio de Bromatología aporta un 40% del total de la nota de la materia; teniendo la parte teórica un valor de 60%.

 

2.-  Se realizarán dos exámenes parciales de las prácticas de laboratorio vistas, que tendrá un valor del 50% de la nota correspondiente al Laboratorio. El otro 50%, corresponde a las diferentes evaluaciones que se describen en el párrafo siguiente.

 

3.-  Se realizarán pruebas rápidas (quiz), presentación de reportes de resultados, realización de videos, trabajos de investigación, elaboración del cuaderno de protocolos de práctica entre otras actividades; cuya ponderación dentro de la nota correspondiente al laboratorio será:

 

 

4.-  Las pruebas rápidas (quices) durante las sesiones prácticas, se realizarán antes de comenzar la práctica y no podrán ser rezagadas bajo ninguna circunstancia, con la excepción de contar con un justificativo. Versarán sobre el trabajo práctico a realizarse ese mismo día.  Tendrán una duración máxima de elaboración de 15 minutos.

 

5.-  Cada estudiante tendrá un puesto de trabajo, el cual será asignado por el profesor (a), así como el material de laboratorio necesario para su ejecución. Se conformarán equipos de trabajo que no pueden ser modificados durante el semestre, cada uno será estructurado equitativamente y por afinidad.  Al finalizar la práctica, el estudiante deberá dejar perfectamente limpios sus materiales y su puesto de trabajo.

 

6.-  La inasistencia justificada o no a más de 2 clases de la sesión práctica, durante todo el semestre; acarrea la pérdida de la asignatura en su totalidad.

 

7.-  Se exige puntualidad en la asistencia a las prácticas.  El estudiante que llegue más de diez (10) minutos tarde, perderá el derecho a realizar la práctica correspondiente. El estudiante debe ingresar al laboratorio portando su respectiva bata.

 

8.-  El alumno que no asista a la práctica programada, por razones justificadas o no, no tendrá derecho a participar en la elaboración y presentación del reporte de dicha práctica. Por consiguiente, no tendrá nota alguna en dicho reporte. Se exhorta a los bachilleres compañeros de equipos, a velar por el cumplimiento de esta norma.

9.-  De acuerdo al cronograma de actividades de la sesión de prácticas de Bromatología, el profesor (a) responsable de la sección de trabajos prácticos; revisará o cotejará la asistencia de los alumnos a la práctica, con la presentación del reporte respectivo.  Todo esto, en concordancia con la norma Nº 8.

10.-  Todo alumno que no asista a la sesión de prácticas, por causas no justificadas, perderá el derecho a realizar la prueba corta o quiz programada para esa práctica.  No se recuperan las pruebas rápidas o quices.

 

Abril 2026. Octava Edición. Sexta Revisión.

 

 NORMAS DE EVALUACIÓN DE LA UNIDAD CURRICULAR

BROMATOLOGÍA

 

1.-  La asistencia a las clases teóricas, como a la sesión práctica son estrictamente obligatorias.  El Bachiller que por causas justificadas o no, perdiera el 25% (04) de las clases teóricas y el 15% (02) de las sesiones prácticas, perderá automáticamente la asignatura.

2.-  El Bachiller que, por causas ajenas a su voluntad, no se presente a la hora y día fijado para el examen parcial, tendrá derecho a presentar dicha prueba, previa presentación de un justificativo médico, según sea el caso.  La prueba realizada al alumno se realizará en un plazo no mayor de 72 horas después de la prueba pautada inicialmente.

3.-  La asignatura Bromatología por su naturaleza de carácter teórico-práctica, será evaluada en sus dos secciones correspondientes. En su evaluación en la parte teórica, tendrá dos (02) exámenes parciales y un (01) examen final.  La sección teórica tiene una ponderación de un 60% de la nota cada uno y la sesión práctica, el otro restante 40% (ver normas de evaluación del Laboratorio de Bromatología). 

4.- El examen final evaluará la materia destinada para ese examen y la ponderación de la nota final para aprobar la asignatura, corresponderá a un 60% producto de la nota previa obtenida por el alumno en los dos primeros cortes o parciales y un 40% aportado por la nota propiamente dicha del examen final y otros aspectos (monografías, reporte de laboratorios, cuadernos de laboratorio, entre otros).

5.-  El Bachiller tendrá siempre el derecho a revisar sus exámenes, una vez corregidos los mismos.  Dicha revisión se hará en un día y hora fijado previamente por el profesor de la asignatura.  El profesor (a), se reserva el derecho de preguntar en el examen hasta el 70% de todo el contenido dictado en la asignatura; quedando el restante para ser evaluado utilizando otras estrategias pedagógicas.

6.- Las notas correspondientes a cada corte no tendrán redondeo aritmético alguno.

7.- La nota previa para el examen final, debe ser igual o mayor a diez puntos exactos (10,0) para poder tener derecho a presentar el examen final de la asignatura.

8.-  El bachiller que repruebe la sección práctica de la asignatura en sus dos primeros cortes o parciales correspondientes (puntuación menor a diez puntos), no tendrá derecho a presentar el examen final, por consiguiente; deberá repetir en su totalidad la asignatura (teoría y práctica).

9.-  Las notas del examen de reparación de la asignatura, serán consignadas en la Secretaría de Control de Estudios de la Escuela, una vez corregidos dichos exámenes. El día y hora de la revisión del examen, será fijado por el profesor (a) de la Asignatura.  El bachiller que no asista a la hora y fecha estipulada, perderá el derecho a la revisión del examen.

10.-  No está contemplado dentro de las pautas de evaluación de la asignatura Bromatología, la figura “Condicional”.  Todo alumno tiene derecho a presentar su examen final, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos estipulados en el Reglamento de Evaluación de la Facultad de Medicina de la UCV.

11.- Todos los exámenes de la unidad curricular Bromatología, constarán de preguntas tipo test o de selección múltiple, de verdadero o falso y una sección de problemas aritmético de bromatología.

Podrá haber otro tipo de pruebas dentro del examen como, por ejemplo: crucigramas, preguntas de desarrollo, identificación de estructuras químicas, etc.  

 

Abril 2026. Octava Edición. Sexta Revisión.

 

PAUTAS ACADÉMICAS DE LA ASIGNATURA BROMATOLOGÍA

 

1.- Cualquier anormalidad académica que se presente en el transcurso del semestre por parte del profesor de la asignatura, deberá ser comunicada por los alumnos inmediatamente a su profesor (a), antes de ir a otras instancias académicas superiores.  En todo momento el o los profesores, estarán abiertos al diálogo constructivo.

2.-  Toda sugerencia de carácter pedagógico o didáctico que el alumno considere importante o necesaria para el buen desempeño de la clase, será tomada en cuenta por el o los profesores de la asignatura, en aras de mejorar la misma.

3.-  El alumnado cursante de la asignatura Bromatología, está en la obligación de tener tanto el Programa de la materia como el material de apoyo o guías elaboradas por el profesor (a). De igual forma, el alumno está en el deber de consultar todo material bibliográfico asignado por el profesor.

4.-  Las fechas de los exámenes parciales, finales, de arrastre y de reparación serán fijadas desde el comienzo del semestre en curso, ceñidos estrictamente al calendario oficial suministrado por la Oficina de Control de Estudios de la Escuela.  De producirse algún cambio en la fecha de los exámenes, la misma será notificada con tiempo al alumnado y se establecerá de mutuo acuerdo, una nueva fecha para el o los exámenes.

5.-  Todo el alumnado que no presente el examen correspondiente en la hora y día fijado con anterioridad, por causas justificadas o no (rezagado); previa presentación y aceptación de la justificación correspondiente, presentará el examen en la hora y día fijado por el profesor en un aviso publicado en la cartelera del Departamento. 

6.-  Se recomienda al alumno que, de surgir cualquier duda o inquietud con relación a las normas o reglamentos de exámenes, calificaciones, asistencia a clases, etc.; favor remitirse al profesor (a) responsable de la Unidad Curricular.

7.-  Una vez comenzado el examen, el mismo no será interrumpido o suspendido por ningún concepto, salvo eventos excepcionales que afecten la integridad física del alumnado y profesores.  El alumno que por razones de salud manifieste no poder continuar con el examen una vez comenzado el mismo; podrá dejarlo y retirarse del salón de clases.  Su examen será invalidado y presentará la prueba nuevamente como cualquier otro alumno rezagado.

 

Información importante:

 

.- ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECIALES

Los estudiantes con necesidades educativas especiales deberán ponerse previamente en contacto con la Coordinación Académica de la Escuela de Nutrición y Dietética o de la Facultad de Medicina, para obtener la autorización correspondiente a las adaptaciones (por ejemplo, disponer de más tiempo en los exámenes). Dicha autorización deberá ser enviada por el alumno al profesor (a). Se recomienda realizar esta gestión al comienzo del semestre sin falta.

 

ATENCIÓN

 

Se recuerda que cualquier intento de fraude, copia, plagio u otro comportamiento irregular por parte del Bachiller cursante de la Unidad Curricular Bromatología, supone una infracción grave tal y como está contemplado en la Ley de Universidades vigente en Venezuela.

 

Abril 2026. Octava Edición. Sexta Revisión.